Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Reconocimiento de años trabajados

Consiste en registrar en BPS aquellas actividades en las que la persona trabajó en cierto período de tiempo y no figuran en su Historia Laboral. A partir de la Ley 20.130 se establecen plazos para realizar el registro de esos años de trabajo. Realizar este reconocimiento no implica el inicio de otros trámites de pasividades. Se analizarán las actividades registradas y declaradas por la persona al momento de la solicitud y la prueba de aquellos años de trabajo no registrados.

A quién corresponde

Toda persona trabajadora (dependiente o no dependiente), cuyas actividades no se encuentren registradas en su vida laboral, tiene derecho a solicitar que se incluyan.

Plazo

Este trámite debe iniciarlo de acuerdo a su edad al 1.º de junio de 2023, puede acceder al cronograma ingresando a Reconocimiento de años trabajados.

Requisitos

Para realizar la gestión deberá presentarse el titular, apoderado registrado en BPS, abogado o procurador autorizados con la siguiente documentación:
¿Cómo completo la declaración de períodos trabajados? Ver video tutorial.
A tener en cuenta: solo si cuenta con reserva para el trámite en sucursales del interior del país, podrá agilizarlo presentando la declaración de períodos trabajados completa hasta 30 días antes de su cita, sin agenda previa.

Además, en función de si las actividades fueron desarrolladas como dependiente o no dependiente, se deberán tener en cuenta los siguientes requisitos:

Dependientes

  • Prueba documental: en caso de contar con documentación probatoria de la actividad deberá adjuntarla a la solicitud. Por ejemplo: recibos de sueldo, constancias, registro de marcas del horario laboral, entre otros.
  • Si no cuenta con documentación probatoria, podrá presentar testigos como medio de prueba. Para esto deberá presentar el listado de testigos propuestos. Más información en Declaración de testigos para jubilación o pensión.

No dependientes

  • Períodos anteriores al 01/04/1996:
    • Información de la empresa a aportar:
      • Nombre.
      • Razón social.
      • Número de Registro BPS-DGI.
      • Dirección.
    • Posible documentación a presentar: 
      • Acta de inscripción ante el BPS.
      • Constancias de pago del BPS.
      • Certificados de la empresa.
      • Recibos de pago, contrato social de la empresa.
      • Planillas del MTSS.
      • Inscripción de la empresa en la DGI.
      • Declaraciones juradas de la empresa ante la DGI o el BPS.
      • Constancia de clausura MTSS/BPS/DGI.
      • Facilidades de pago firmadas, Avalúos, Determinaciones Tributarias.
También podrán probarse años de trabajo comprendidos entre el 31/03/1996 y el 30/01/2014, siempre que exista algún registro anterior al 30/01/2014. Más información en Reconocimiento de años trabajados.
No se admiten testigos para probar actividad como no dependiente.

Mi jubilación estimada

Quienes tengan los años de edad y de trabajo para acceder a una jubilación por BPS o estén a dos años o menos de cumplirlos, y pertenezcan al régimen mixto o de transición pueden acceder a un cálculo estimado de la jubilación que le correspondería ingresando al trámite Mi jubilación estimada

Compatibilidad entre trabajo y jubilación

El Nuevo Sistema Previsional Común permite trabajar a tiempo parcial o completo y, al mismo tiempo, cobrar una jubilación. Puede consultar sus posibilidades a través del servicio en línea Consúltenos, seleccionando Tema: Jubilaciones y Pensiones, Motivo: Compatibilidad de jubilación y actividad, o en su próxima cita. Por más información consulte Compatibilidad trabajo, aportes y jubilación.

Consultas

Montevideo: Si cuenta con Usuario personal BPS, puede enviar su consulta ingresando al servicio en línea Consúltenos, tema: trabajadores, motivo: Consultas sobre jubilaciones y pensiones. Si aún no inició su trámite, también podrá concurrir a realizar consultas de forma presencial y sin agenda previa a los locales de Aparicio Saravia y Tres Cruces.
Interior del país: Desde el interior del país pueden enviar un correo electrónico de acuerdo al listado. Si aún no inició su trámite, también podrá concurrir a realizar consultas de forma presencial y sin agenda previa a sucursales de todo el país.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

Desde el exterior: puede enviar su solicitud ingresando al servicio en línea Consúltenos, tema: trabajadores, motivo: Consultas sobre jubilaciones y pensiones.

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



¿Cuán útil le resultó esta información?