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Reconocimiento de años trabajados en Uruguay para residentes en el exterior

Consiste en registrar en BPS aquellas actividades en las que la persona trabajó en Uruguay antes del 1.º de abril de 1996 y no figuran en su Historia Laboral. A partir de la Ley 20.130 se establecen plazos para realizar el registro de esos años de trabajo cuando la persona resida en el exterior. Realizar este reconocimiento no implica el inicio de otros trámites de pasividades. Se analizarán las actividades registradas y declaradas por la persona al momento de la solicitud y la prueba de aquellos años de trabajo no registrados.

A quién corresponde

Toda persona trabajadora (dependiente o no dependiente) con residencia en el exterior, cuyas actividades desempeñadas en Uruguay no se encuentren registradas en su vida laboral, tiene derecho a solicitar que se incluyan.

Plazo

Este trámite debe iniciarlo de acuerdo a su edad al 1.º de junio de 2023, puede acceder al cronograma ingresando a Reconocimiento de años trabajados.

Requisitos

Para realizar la gestión el titular deberá enviar la siguiente documentación:
Además, en función de si las actividades fueron desarrolladas como dependiente o no dependiente, se deberán tener en cuenta los siguientes requisitos:

Dependientes

No dependientes

  • Información de la empresa a aportar:
    • Nombre.
    • Razón social.
    • Número de Registro BPS-DGI.
    • Dirección.
  • Posible documentación a presentar: 
    • Acta de inscripción ante el BPS.
    • Constancias de pago del BPS.
    • Certificados de la empresa.
    • Recibos de pago, contrato social de la empresa.
    • Planillas del MTSS.
    • Inscripción de la empresa en la DGI.
    • Declaraciones juradas de la empresa ante la DGI o el BPS.
    • Constancia de clausura MTSS/BPS/DGI.
    • Facilidades de pago firmadas, Avalúos, Determinaciones Tributarias.
No se admiten testigos para probar actividad como no dependiente.

Mi jubilación estimada

Quienes tengan los años de edad y de trabajo para acceder a una jubilación por BPS o estén a dos años o menos de cumplirlos, y pertenezcan al régimen mixto o de transición pueden acceder a un cálculo estimado de la jubilación que le correspondería ingresando al trámite Mi jubilación estimada

Consultas

Puede enviar su consulta ingresando al servicio en línea Consúltenos, tema: trabajadores, motivo: Consultas sobre jubilaciones y pensiones.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

Puede enviar su solicitud ingresando al servicio en línea Consúltenos, tema: trabajadores, motivo: Consultas sobre jubilaciones y pensiones.

Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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