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Consiste en registrar en BPS aquellas actividades en las que la persona trabajó en Uruguay antes del 1.º de abril de 1996 y no figuran en su Historia Laboral. A partir de la Ley 20.130 se establecen plazos para realizar el reconocimiento de esos años de trabajo cuando la persona resida en el exterior. A través de este trámite, se analizarán las actividades registradas y declaradas por la persona al momento de la solicitud y la prueba de aquellos años de trabajo no registrados. Realizar este reconocimiento no implica el inicio del trámite jubilatorio. Podrá iniciar este último una vez que cumpla con los requisitos de acceso (edad y años trabajados).
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