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Reconocimiento de años trabajados en Uruguay para residentes en el exterior

Consiste en registrar en BPS aquellas actividades en las que la persona trabajó en Uruguay antes del 1.º de abril de 1996 y no figuran en su Historia Laboral. A partir de la Ley 20.130 se establecen plazos para realizar el reconocimiento de esos años de trabajo cuando la persona resida en el exterior. A través de este trámite, se analizarán las actividades registradas y declaradas por la persona al momento de la solicitud y la prueba de aquellos años de trabajo no registrados. Realizar este reconocimiento no implica el inicio del trámite jubilatorio. Podrá iniciar este último una vez que cumpla con los requisitos de acceso (edad y años trabajados).

A quién corresponde

Toda persona trabajadora (dependiente o no dependiente) con residencia en el exterior, cuyas actividades desempeñadas en Uruguay no se encuentren registradas en su vida laboral, tiene derecho a solicitar que se incluyan.

Plazo

Este trámite debe iniciarlo de acuerdo a su fecha de nacimiento, puede acceder al cronograma ingresando a Reconocimiento de años trabajados.

Requisitos

Para realizar la gestión el titular deberá enviar la siguiente documentación:
Además, en función de su situación y de si las actividades fueron desarrolladas como dependiente o no dependiente, el BPS evaluará si se le debe solicitar alguna otra documentación:

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

Puede enviar su solicitud ingresando al servicio en línea Reconocer años trabajados en Uruguay para residentes en el exterior.


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