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Prima por edad

Los jubilados mayores de 70 años de menores recursos, podrán acceder al pago de una prima por edad. Para ello deberán realizar una declaración jurada de ingresos nominales personales y de su núcleo familiar.

A quién corresponde

Personas que perciban una jubilación otorgada por el BPS mayores de 70 años, residan o no en el país, siempre que acrediten, mediante declaración jurada, que los ingresos nominales personales y el promedio de ingresos del núcleo familiar, mensuales en ambos casos, no superan el tope de 3,7 BPC ($ 24.335,14 según el valor de BPC a enero del año de control).

Requisitos

Este trámite solo podrá iniciarse cuando la persona haya cumplido la edad mínima requerida, no antes.

En línea

Deberá contar con Usuario Personal de BPS.

Presencial

Deberá presentarse el titular o apoderado registrado en BPS a realizar una declaración jurada, con la siguiente documentación:

  • Cédula de identidad original y vigente.
  • Información de los integrantes del hogar (número de cédula de identidad e ingresos nominales por todo concepto).
  • Los apoderados deberán estar registrados en BPS (más información en Poderes y otras representaciones). 

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Ingresar Declaración Jurada Prima por edad

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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