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Cambio de tratamiento de ayuda extraordinaria

Los usuarios deberán siempre realizar los tratamientos autorizados en la evaluación técnica. De necesitar cambiar los tratamientos otorgados, previamente se deberá solicitar la correspondiente aprobación.

A quién corresponde

Usuarios de Ayudas extraordinarias que requieran realizar cambios en los tratamientos previamente aprobados.

Requisitos 

  • Documento de identidad vigente, del representante legal y del beneficiario.
  • Formulario de Evaluación técnica completo por el médico tratante, con timbre profesional valor $ 170,00 (formularios de ASSE u Hospital de Clínicas no requieren timbre).
  • Informe de evolución, firmado por el técnico actuante del instituto al que concurre el usuario, donde indique el alta del tratamiento.
  • Informe de evaluación del profesional correspondiente a la nueva actividad solicitada, que argumente la necesidad del tratamiento (no requerido para beneficiarios de pensión por invalidez, ni pacientes del CRENADECER).
  • Nota de la Dirección Técnica del prestador de salud, informando si se brindan los tratamientos solicitados. De brindarlos, se deberá indicar cuál es periodo que cubre la institución médica y si el usuario completó ese periodo. Documento no requerido en el caso de usuarios que integren hogares cuyos ingresos nominales sean inferiores a las 46.51 UR, a valor de enero (aprox. $85.650), o en beneficiarios de pensión por invalidez, o para pacientes del CRENADECER.
  • Negativo funcionarios públicos, en caso de que padre, madre, tutor o cónyuge de estos registre actividad civil en uno de los siguientes organismos públicos: AGESIC, ASSE, BHU, BROU, Cámara de Representantes, Comisión Administrativa del Palacio Legislativo, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior.
Consideraciones sobre los informes:
  • Deben ser originales, firmados por los técnicos actuantes.
  • Deben contener timbre profesional valor $ 170,00 (excepto informes de ASSE u Hospital de Clínicas). 
  • El informe de la maestra no sustituye el informe psicopedagógico.
  • El equipo técnico del BPS podrá solicitar informes complementarios si lo considerara necesario para la valoración, independientemente de la edad del usuario.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Solicitar ayuda extraordinaria.

Presencial




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