Corresponde al cambio de denominación en sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas.
Empresas contribuyentes.
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Formularios:
Documentación requerida:
La publicación en el Diario Oficial podrá ser sustituida por un certificado notarial y dos fotocopias, que establezca la fecha de la modificación, efectuando el control del documento privado con firmas certificadas o escritura pública donde conste el cambio, la inscripción en la Dirección General de Registros (DGR) y la fecha de publicación.
En este caso, debe presentar, además, dos fotocopias del documento de identidad del socio, administrador o director que no concurran; si asistieran, alcanza con mostrar su documento vigente y una fotocopia. Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar una fotocopia de su documento de identidad.
Los representantes que no tienen restricciones en su actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones.
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