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Modificación de denominación en sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas

Corresponde al cambio de denominación en sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

Formularios: 

Documentación requerida: 

  • Copia de la publicación en el Diario Oficial.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar el comprobante del pago de la multa de DGI.

La publicación en el  Diario Oficial podrá ser sustituida por un certificado notarial, que establezca la fecha de la modificación, efectuando el control del documento privado con firmas certificadas o escritura pública donde conste el cambio, la inscripción en la Dirección General de Registros (DGR) y la fecha de publicación.

En este caso, debe presentar, además, copia del documento de identidad del socio, administrador o director.

Los representantes que no tienen restricciones en su actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.


A tener en cuenta: cuando alguno de los integrantes sea extranjero se requiere copia de su documento de identidad.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Modificar naturaleza jurídica o denominación de empresas ante BPS y DGI. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.

Nota: por esta vía, solo se debe enviar una copia de los formularios que correspondan, sin adjuntar timbre profesional. El costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones.

 



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