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Aumento salarial - retroactivo a julio 2025

Se informa a continuación el ajuste salarial que rige para los trabajadores domésticos de forma retroactiva al 1.º de julio de 2025, según lo establecido por el Convenio Colectivo y acta de consejo de salarios de 5 de diciembre de 2025.

 

1. Salario mínimo del sector

Se establece en la suma de $ 30.232 por 44 horas semanales de labor. El mínimo por hora es de $ 159,05 (procedimiento de cálculo: 30.232 ÷ 4,32 semanas en el mes ÷ 44 horas semanales).

 

2. Aumento de salarios

Sobre la base de la remuneración vigente a junio de 2025, se fijan porcentajes por franjas salariales. Asimismo, se establecen franjas variables para corregir desfasajes salariales, de forma de asegurar que quienes se encuentran en una franja superior no perciban menos salario que el máximo previsto para la franja anterior.

Para el cálculo del aumento salarial se distingue:

   a. Porcentaje de aumento para trabajadores mensuales

Sueldo a 30/6/2025 por 44 h semanales

% Sueldo desde 7/2025 hasta 12/2025
Desde Hasta Desde Hasta
---- 35.704 2,83% 30.232* 36.714
35.705 35.984 Variable Mínimo 36.714
35.985 151.459 2,03% 36.715 154.534
151.460 152.807 Variable Mínimo 154.534
152.808 ---- 1,13% 154.535 ----

(*) Salario mínimo del sector.

Las franjas salariales de los sueldos vigentes al 30/6/2025, están consideradas para 44 h semanales de labor. Para calcular el aumento salarial de un trabajador mensual, que cumple menos de 44 h semanales, debe realizarse una regla de tres.

   b. Porcentaje de aumento para trabajadores jornaleros

Valor hora al 30/6/2025

% Valor hora desde 7/2025 hasta 12/2025
Desde Hasta Desde Hasta
---- 187,84 2,83% 159,05** 193,15
187,85 189,31 Variable Mínimo 193,15
189,32 796,82 2,03% 193,16 812,99
796,83 803,91 Variable Mínimo 812,99
803,92 ---- 1,13% 813,00 ----

(**) Valor mínimo por hora del sector

 

3. Prima por antigüedad

Los porcentajes que se aplican para el año 2025 de acuerdo a la fecha de ingreso del trabajador, son los siguientes:

Fecha de ingreso del trabajador % prima por antigüedad
hasta el 1/1/2015 5 %
desde el 2/1/2015 hasta el 1/1/2016 4,5 %
desde el 2/1/2016 hasta el 1/1/2017 4 %
desde el 2/1/2017 hasta el 1/1/2018 3,5 %   
desde el 2/1/2018 hasta el 1/1/2019 3 %
desde el 2/1/2019 hasta el 1/1/2020 2,5 %
desde el 2/1/2020 hasta el 1/1/2021 2 %
desde el 2/1/2021 hasta el 1/1/2022 1,5 %
desde el 2/1/2022 hasta el 1/1/2023 1 %
desde el 2/1/2023 al 1/1/2024 0,5 %
para los restantes 0 %

Cabe señalar que las facturas de aportes emitidas por BPS contemplan los mencionados porcentajes de prima por antigüedad.

 

4. Facturación

BPS ajustará las remuneraciones y calculará las obligaciones por las diferencias salariales correspondientes a la retroactividad, por los meses de julio a noviembre. De esta forma, en las facturas se incluirán, además de las obligaciones de cada mes, las correspondientes a la retroactividad de la siguiente manera:

  • Mes de cargo 12/2025 (que se abona en enero), incluye retroactividades de 7/2025 y 8/2025.
  • Mes de cargo 1/2026 (que se abona en febrero), incluye retroactividades de 9/2025 y 10/2025.
  • Mes de cargo 2/2026 (que se abona en marzo) incluye retroactividad del 11/2025, ajuste del aguinaldo y presentismo del mes de cargo 12/2025.

Corresponde al empleador verificar los importes resultantes e informar en caso de inconsistencias.

Por consultas en general, puede comunicarse con Asistencia al Contribuyente a través del teléfono 0800 2001, opción 1.

Para consultas específicas, puede generar un código PIN y comunicarse al mismo servicio telefónico, opción 2.



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