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Es una prestación económica que ampara al trabajador por razones de paternidad.
El subsidio por expensas funerarias es una prestación económica que se abona por única vez a los efectos de cubrir los gastos fúnebres causados tras el fallecimiento de un trabajador o jubilado de BPS sin cobertura.
A través de este trámite los beneficiarios podrán solicitar la liquidación y distribución de aquellos haberes que quedaron sin cobrar, debido al fallecimiento del titular de una pasividad o de un activo con prestaciones pendientes de cobro.
Corresponde al programa de Vulnerabilidad socioeconómica, de Mides, que se cobra a través de la Tarjeta Uruguay Social (TUS).
Esta gestión se realiza para inscribir ante BPS el personal de consulados, embajadas o representaciones diplomáticas extranjeras acreditadas ante el gobierno uruguayo que opten por ampararse a la seguridad social.
Esta gestión se realiza para inscribir ante BPS a quienes trabajen como dependientes de un organismo internacional con sede en el país y opten por ampararse a la seguridad social uruguaya.
Es una prestación económica mensual que se genera a partir del fallecimiento, desaparición o ausencia de una persona generante de derecho a los efectos de suplir la falta de ingresos en el núcleo familiar. También generan el derecho a esta pensión los jubilados procesados por delito con pena de penitenciaría de más de 24 meses, solo para beneficiarios cónyuges o concubinos e hijos menores de 21 años.
Es una prestación económica sustitutiva del salario que se otorga a partir de la finalización de la licencia maternal y se extiende hasta los seis meses de vida del niño. Se podrá utilizar en forma indistinta, pero no superpuesta, entre padre y madre.
Es una prestación contributiva que se abona mensualmente a personas con síndrome de Down u otros síndromes similares, con al menos 15 años de servicios y 45 de edad.
A través de este trámite podrá consultar el saldo de la deuda vigente por situación contributiva descontada en su recibo de pasividad. Asimismo, podrá solicitar la cancelación del total de la deuda al contado.
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