Se genera por la no presentación de nómina en tiempo y forma.
La declaración se considera presentada en forma cuando a la fecha del vencimiento correspondiente esté acompañada del pago –total o parcial– o de la Declaración Jurada de No Pago (DJNP).
El importe de la multa se determina:
Existe un tope de 5 UR cuando la Nómina fue presentada en plazo y el pago o la DJNP se realizó en forma tardía, pero antes de finalizado el mes de vencimiento.
Descargar: Comunicado 20/2012 Reincidencia Multas por Nómina Ago.2012 (.pdf 145 KB)
Descargar: Comunicado 03/2012 Multas por Nómina Ene.2012 (.pdf 101 KB)
Descargar: Normativa Art. 281 Ley 18.834 de 04/11/2011 (.pdf 10 KB)
Por favor, califique el contenido.