Multas y recargos por mora
Multa por mora
El no pago de las obligaciones a la fecha del vencimiento ocasiona una multa por mora. El porcentaje está fijado en forma gradual, atendiendo a la demora en la cancelación de las obligaciones.
La presentación de la nómina en tiempo y forma, es decir, dentro del plazo de vencimiento y acompañada de la declaración jurada de no pago, reduce a la mitad la multa por mora.
Se detallan los porcentajes de la multa, que varían según cuándo se paguen las obligaciones y si se presentó en el plazo establecido la nómina, junto con la declaración jurada de no pago.
| Presentación de nóminas en tiempo y forma | Pago hasta el 5.o día hábil posterior al vencimiento | Pago después del 5.o día hábil y hasta 90 días corridos posteriores al vencimiento | Pago después de 90 días corridos posteriores al vencimiento |
|---|---|---|---|
| Si | 2,5 % | 5 % | 10 % |
| No | 5 % | 10 % | 20 % |
Recargo por mora
Los recargos por mora se aplican sobre el tributo impago en forma mensual, capitalizable cuatrimestralmente. Ver tasa de recargo vigente.
Simular multas y recargos de obligaciones mensuales
Por medio de este servicio, los contribuyentes pueden calcular, con base en los datos proporcionados, las multas y recargos a una fecha determinada. Para ello, deben ingresar el monto de la obligación y la fecha en la que se desea realizar el pago.
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