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Trámites



  • El BPS realiza una evaluación técnica para valorar los tratamientos solicitados, definiendo una fecha de finalización. En caso de necesitar extender el plazo, la renovación deberá solicitarse una vez cumplido el plazo de la evaluación técnica, o hasta tres meses antes de su vencimiento.

  • Los Asistentes personales podrán solicitar un detalle de ingresos y retenciones acumulados para un determinado ejercicio.

  • Quienes hayan registrado, en BPS, apoderados para que actúen en su nombre (poderes) podrán revocar dicho poder. Al mismo tiempo, quienes estén registrados como apoderados podrán renunciar a ese rol.

  • A través de este trámite, los usuarios titulares que cobran la asignación familiar por medio de la tarjeta de débito BPS Prestaciones podrán darle la baja para poder cambiar de local de cobro.

  • Es un usuario único e intransferible para cada persona física que permite acceder a los servicios en línea que requieren registro.

  • Es una prestación económica que brinda el Banco de Previsión Social a personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo.

  • Las personas titulares de trámites de pasividades podrán solicitar acceso o copia de sus expedientes, teniendo en cuenta los requisitos detallados en este trámite. A través de esta gestión las personas únicamente podrán acceder a una copia del expediente correspondiente, ya sea en formato digital o físico, según la disponibilidad.

  • A través de este trámite usted recibirá un asesoramiento integral para el inicio de su reconocimiento de años trabajados o de jubilación, donde se le indicarán los pasos a seguir y la documentación a presentar en cada caso.

  • El subsidio especial de inactividad compensada (SEIC) es una prestación económica que se otorga por un período máximo de dos años a quienes, habiendo quedado sin empleo por causas ajenas a su voluntad, no pueden acceder a la jubilación por falta de edad o años de trabajo.

  • Es una prestación económica sustitutiva del salario que se otorga a partir de la finalización de la licencia maternal y se extiende hasta los seis meses de vida del niño. Se podrá utilizar en forma indistinta, pero no superpuesta, entre padre y madre.