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Trámites



  • Es una prestación complementaria que se otorga a niños y adolescentes con enfermedades congénitas, que por razones de salud necesitan adquirir determinadas prótesis u ortesis, según prescripción médica.

  • Los jubilados y pensionistas residentes en Montevideo con ingresos hasta 5,5 BPC ($ 36.168,00) que no cuenten con el beneficio podrán consultar su situación.

  • A través de este trámite, las personas que presenten inconvenientes para acceder al cobro de sus prestaciones, ya otorgadas, podrán realizar consultas o reclamos.

  • Este servicio permite a las partes interesadas de una pensión alimenticia, cuya retención judicial haya sido ingresada en BPS, realizar consultas o reclamos referidos a la presentación del oficio, liquidación realizada por BPS, envío de comunicación a empresas y, en caso de que BPS efectivice el pago, forma o fecha de realización.

  • Los afiliados activos y pasivos a seguros integrales por Fonasa, podrán realizar consultas y/o reclamos referidos a los aportes que se vuelcan a dichas instituciones.

  • Quienes perciban actualmente una jubilación podrán solicitar su revisión, reforma o consulta sobre descuentos por situación contributiva. Además, las personas jubiladas podrán solicitar el régimen de jubilación parcial.

  • A través de este trámite, aquellas personas habilitadas por la Secretaría Nacional de Cuidados que posean certificado del curso básico de cuidadores, emitido por el Ministerio de Educación y Cultura, podrán registrarse en BPS como Asistentes personales. El Asistente personal es aquella persona que, en forma directa y personal, asiste al beneficiario en la realización de sus actividades cotidianas.

  • Registro de inmuebles en alquiler destinados al apoyo en la búsqueda de viviendas de personas beneficiarias del programa Soluciones habitacionales para el Nuevo subsidio de alquiler.

  • El cobro correspondiente a alguna prestación o subsidio caduca cuando, en algún momento, al usuario le quedan cobros pendientes.

  • A través de este trámite podrá solicitar el reintegro de los haberes retenidos en aplicación de los artículos 3 y 4 del decreto n. º 152/007, reglamentarios de la ley n. º 18.046.