Ajuste a mínima de pensión por sobrevivencia
Por decreto del Poder Ejecutivo, BPS genera un ajuste de las pensiones por sobrevivencia que no superen las 3,05 BPC mensuales.
Beneficiarios
Pensionistas por sobrevivencia, residentes de Uruguay, de 65 años o más cuyos ingresos, individuales y en promedio del núcleo familiar, sean inferiores a 3,05 BPC por mes.
Derecho a percibir
Con el ajuste, los beneficiarios percibirán el monto establecido de pasividades mínimas. A partir del 1.° de enero de 2024 estas quedaron fijadas en $ 18.840.
Tramitación
Declaración jurada de ingresos personales y núcleo familiar
Normativa
Decreto MTSS 214/022 del 04/07/2022 (.pdf 822 KB)
Decreto 292-021 de 7/9/2021 (.pdf 139 KB)
Última actualización: 24/06/2024
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