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Se informa a continuación el ajuste salarial que rige para los trabajadores domésticos a partir del 1° de julio de 2026, según lo establecido en actas de consejo de salarios de 5 de diciembre de 2025 y 6 de julio de 2026.
El consejo de salarios establece la creación de tres categorías laborales según las actividades desarrolladas por los trabajadores, asociadas a los siguientes salarios mínimos para el período 1/7/2026 al 31/12/2026:
Se establecen porcentajes de aumento diferenciados según el nivel de remuneración del trabajador vigente a junio 2026, con independencia de la categoría laboral.
Para el cálculo del aumento se distinguen dos situaciones, según corresponda:
a. Porcentaje de aumento para trabajadores mensuales
Las franjas salariales de los sueldos vigentes al 30/6/2026, están consideradas para 44 h semanales de labor. Para calcular el aumento salarial de un trabajador mensual, que cumple menos de 44 h semanales, debe realizarse una regla de tres.
b. Porcentaje de aumento para trabajadores jornaleros
Los porcentajes que se aplican para el año 2026 de acuerdo a la fecha de ingreso del trabajador, son los siguientes:
Cabe señalar que las facturas de aportes emitidas por BPS contemplan los mencionados porcentajes de prima por antigüedad.
Las consultas sobre liquidación de partidas, recibos de sueldo y otros aspectos laborales, deben canalizarse en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
A partir de la información que consta en nuestros sistemas, se procederá en forma automática a realizar el cálculo de aportes correspondiente, sin perjuicio de lo cual corresponde al empleador verificar los importes resultantes e informar en caso de inconsistencias.
A estos efectos, se encuentran disponibles el servicio Trabajo Doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos y la aplicación móvil BPS Trabajo Doméstico, que además permiten realizar múltiples gestiones a distancia.
Por consultas en general, puede comunicarse con Asistencia al Contribuyente a través del teléfono 0800 2001, opción 1.
Por favor, califique el contenido.
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