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Contribución para lentes comunes

Es una prestación económica para aquellos beneficiarios que, según prescripción médica, necesitan lentes de cristales (de cerca, de lejos, bifocales o multifocales).

Beneficiarios

  • Trabajadores dependientes del sector privado (industria y comercio, construcción, trabajo doméstico, rurales).
  • Quienes estén amparados al Subsidio por desempleo, por enfermedad, por maternidad o perciban el complemento por indemnización del Banco de Seguros del Estado. Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 113).
  • Trabajadores independientes: monotributistas; patrones unipersonales (industria y comercio y rurales) y cónyuges colaboradores con hasta cinco dependientes, con opción de cobertura mutual.
  • Trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas con vínculo funcional 53 (cualquier seguro de salud).
  • Docentes de la Escuela y liceo Elbio Fernández.
  • Funcionarios del sector público con aportación civil. Según las condiciones de acceso y cobertura que rigen en los convenios vigentes.

Derecho a percibir

Tipo de producto Monto (1/2023)
Armazón $ 522
Lentes de cerca $ 1.253
Lentes de lejos $ 1.253
Lentes bifocales $ 2.507
Lentes multifocales* $ 3.760
Prismas o lentes de fresnel   (Por cotizaciones)

 * Los menores de 40 años deberán presentar informe del oftalmólogo tratante, que deberá permanecer en resguardo del proveedor elegido.


El valor de la orden es ficto para cada tipo de lente.

En el caso de trabajadores de Udelar, Fiscalía General de la Nación y Universidad Tecnológica (UTEC), el derecho a percibir está sujeto a los ingresos del trabajador, según el convenio vigente. En este sentido, podrán tener cobertura del 100 %, 50 %, o no tener derecho. 

Poderes

Se aceptarán poderes notariales o poderes de trámite registrados en BPS cuando la solicitud se realice en las oficinas de BPS exclusivamente (no en las ópticas). En el interior del país, también podrá gestionarse el trámite completando el formulario de Autorización para lentes.

Renovación

  • Al día siguiente del cumplimiento de los dos años.
  • Los cristales se podrán renovar antes de los dos años, cuando los beneficiarios necesiten una variación en la graduación del 15 % como mínimo, que no podrá ser inferior a 0.50. En estos casos, deben presentar la certificación anterior (también deberán presentarla al oftalmólogo).

Dentro del plazo de renovación, la contribución para lentes bifocales y multifocales es incompatible con la de lentes de cerca y de lejos o viceversa.

Las causales de robo, rotura o extravío no son válidas para su autorización.

Tramitación

Contribución para lentes comunes

Trámites vinculados

Ampliación de catálogo de productos de proveedores

Actualización de datos del proveedor

Registro de proveedores de lentes, prótesis y ortesis

Normativa asociada

Documento pdf Ley 14.407 (.pdf 346 KB)

Documento pdf Reglamento para el otorgamiento de prótesis y ortesis para trabajadores (.pdf 116 KB)

icono pdf Convenio Udelar (.pdf 518 KB)

icono pdf Convenio Fiscalía General de la Nación (.pdf 333 KB)

Documentos asociados

Documento pdf Catálogo de prestaciones de prótesis y lentes (.pdf 504 KB)

Documento pdf Ópticas habilitadas para solicitar lentes por BPS (.pdf 400 KB)

Archivo PDF Manual del servicio en línea Gestión de lentes comunes (.pdf 596 KB)

 



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