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Los códigos de Seguro de Salud (SS) identifican, la cobertura de salud del titular y a quienes atribuye amparo dentro del SNIS. En función de los mismos se realiza el cálculo de aportes y se otorga el beneficio de la cobertura médica.
Cuando el titular tiene hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad, propios o del cónyuge o concubino, corresponde utilizar los códigos que contemplan “con hijo a cargo”, debiendo tener presente que los padres biológicos o adoptivos amparan obligatoriamente la cobertura médica a sus hijos.
Cuando el titular tiene cónyuge o concubino que no posee por sí mismo la cobertura médica del SNIS, corresponde utilizar los códigos que contemplan “con cónyuge o concubino a cargo"
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