Los titulares de Servicios Personales no profesionales, profesionales y escribanos, con actividad fuera de la relación de dependencia, están obligados a presentar la Declaración jurada Fonasa.
El plazo para presentar la Declaración jurada correspondiente al ejercicio 2020 vence el 30/04/2021.
Solicitud de asesoramiento para la confección y presentación de la declaración jurada anual de Servicios Personales.