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Suspensión del registro

De acuerdo a la normativa vigente, cuando se verifique la omisión en el pago de aportes de las obligaciones tributarias durante dos meses consecutivos, BPS suspenderá el registro, esto es inactivar la empresa.

¿Cómo reiniciar el emprendimiento?

Se deben abonar primero los adeudos pendientes y luego solicitar el reinicio.

Puede acceder a la factura a través del servicio en línea Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.

El requisito del pago por los adeudos pendientes no será exigido para las deudas generadas por el período entre 3/2020 y 3/2023.

Según el tipo de emprendimiento, acceda al instructivo para ver los requisitos necesarios para el trámite:

Reiniciar monotributo o monotributo social Mides unipersonal inactivo de oficio y Reiniciar monotributo o monotributo social Mides sociedad de hecho inactivo de oficio.

¿Qué gestión realizar si no realizó actividad en el período suspendido?

Cuando no se realizaron actividades en ese período, se debe realizar la clausura de la empresa. Los requisitos correspondientes se detallan en los instructivos Clausura de unipersonal monotributo o monotributo social Mides inactivo de oficio y Clausura de sociedades de hecho monotributo social Mides, según el tipo de emprendimiento.



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