Es una prestación mensual que se genera como consecuencia de hechos de violencia (rapiña, copamiento o secuestro) que deriven en el fallecimiento de la víctima o cuando ésta resulta incapacitada en forma absoluta para todo trabajo.
Beneficiarios
- Cónyuges o concubinos de los fallecidos por homicidio.
- Los hijos menores de 21 años de los fallecidos por homicidio.
- Los hijos mayores de 21 años, solteros y absolutamente incapacitados para todo trabajo.
- Quien resulte incapacitado en forma absoluta para todo trabajo remunerado por haber sido víctima de rapiña, secuestro o copamiento.
Restricciones
- Es incompatible con cualquier otra prestación de seguridad social pública o privada.
- En caso de que el beneficiario cobre otra prestación, puede optar entre cobrar esta pensión o seguir cobrando la prestación a la que tiene derecho.
Derecho a percibir
Es una pensión mensual, equivalente a 6 BPC. Vigencia a 1/1/2019: $ 24.924
El inicio de la prestación se corresponde con fecha de solicitud.
Los beneficiarios quedan comprendidos en el Sistema Nacional Integrado de Salud debiendo efectuar los aportes correspondientes.
Tramitación
Descargar: Ficha de trámite pensión delitos violentos (.pdf 160 KB)
Normativa asociada
Descargar: Ley 19.039 (.pdf 105KB)