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El BPS podrá dar vista o notificar sobre trámites de prestaciones de pasividad por los siguientes medios:
En el caso de que la vista o notificación sea presencial, el BPS podrá comunicarse antes, vía mensaje de texto o correo electrónico, para convocarlo.
Luego de recibida esta comunicación, la persona o su apoderado registrado en el BPS deberá presentarse con cédula de identidad vigente y en buen estado.
Los abogados podrán presentarse siempre y cuando estén autorizados expresamente en el expediente. De lo contrario, deberán concurrir junto al titular o apoderado.
Esta acción no requiere agenda previa, debe concurrir a la localidad u oficina que se le indicó en la comunicación.
Luego de recibida la notificación o vista, contará con un plazo de 10 días hábiles para presentar descargos o recursos, de corresponder.
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